Secretaría del trabajo – Multas

  1. La Secretaria del Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México dio a conocer que las empresas que durante la emergencia sanitaria por Covid-19, despidan injustificadamente a su personal, les reduzcan el salario o caigan en otra irregularidad, se harán acreedores a multas que están entre las 250 y 5 mil unidades de medida, es decir entre 21 mil 720 pesos y 434 mil 400.
  2. La Ley Federal del Trabajo si bien protege al trabajador, también busca preservar las fuentes de empleo.
  3. La autonomía de la voluntad también opera en materia laboral, en tanto no se violen los derechos mínimos de los trabajadores. 
  4. Es común que ante el COVID – 19 y en estricto cumplimiento a las disposiciones de las autoridades del Sistema Nacional de Salud muchas empresas no se encuentren operando o funcionando de forma diferentes.
  5. Es decir, producto de las propias disposiciones de las autoridades de salud se han modificado las condiciones de trabajo, tales como lugar, horario de trabajo, responsabilidades.
  6. Al cambiarse las condiciones laborales por disposiciones de las autoridades de salubridad nacional es posible por acuerdo de las partes la modificación de todas las condiciones de trabajo, incluido el salario, respetando siempre los derechos mínimos de los trabajadores.
  7. En JJP Abogados pensamos que la modificación de las condiciones de trabajo por acuerdo de las partes es posible y legalmente válido, ya que esto obedece a una visión de largo plazo que tiene como finalidad preservar la fuente del empleo.